miércoles, 16 de septiembre de 2009

LA JUSTICIA POLITICA

REVISTA SEMANA Sábado 12 Septiembre 2009


Por Alfredo Rangel

La Corte estaría violando al menos dos principios fundamentales del derecho procesal a los parlamentarios acusados.


Esta semana el país ha sido testigo de dos hechos que representan la paradoja de la justicia en Colombia: benevolente con quienes están al margen de la Ley, y dura con quienes están dentro de las normas de la democracia. Una juez liberó a un supuesto guerrillero que portaba las infames pruebas de supervivencia de los secuestrados por las Farc, y la Corte Suprema de Justicia cambió de la noche a la mañana su propia jurisprudencia para juzgar a los parlamentarios, con lo que deteriora sus derechos procesales.

En el primer caso la juez argumentó que no se había respetado los derechos procesales del supuesto guerrillero capturado, aun cuando las evidencias no dejaban lugar a dudas de que esa persona podría tener un vínculo directo con la guerrilla. Al parecer, se había interrogado al capturado sin la presencia de un abogado y no se le habían formulado cargos dentro de los plazos legales. Por estas razones su abogado de oficio argumentó luego que la captura era ilegal y amenazó con demandar a las Fuerzas Militares por secuestro. El mundo al revés: quien podría ser cómplice de secuestro acusa a la fuerza pública de secuestrarlo. El secuestrador secuestrado, hubiera sido el título de esa opereta. No obstante la natural indignación que esto produjo en amplios sectores de la opinión pública, debemos reconocer que la juez seguramente actuó conforme a las normas del procedimiento penal que otorga garantías para su defensa a cualquier acusado, por horrible que sea el crimen del que se le acuse. Es el derecho de cualquier ciudadano a ser procesado según las normas preexistentes, a contar con un abogado que lo asista, a conocer los cargos que se le imputan, a ser juzgado con la ley más favorable, entre otras garantías.


Seguramente los miembros de los organismos de seguridad del Estado que capturaron al supuesto guerrillero no respetaron a plenitud los derechos del incriminado.Pero lo paradójico es que las garantías que justamente ofrece una modesta juez a un sospechoso de terrorismo no las ofrece el máximo tribunal de la justicia colombiana, la Corte Suprema de Justicia, a los representantes del pueblo en el Congreso de la República que están siendo acusados de haber violado la Ley. En efecto, hace sólo dos años esa Corte había aceptado que los parlamentarios podían renunciar a su investidura para ser juzgados por la justicia ordinaria y no por dicha Corte, como lo establece la ley para el conjunto de los parlamentarios. Pero ahora, de manera tardía y contradictoria, la misma Corte echa para atrás su propia jurisprudencia y sentencia que los parlamentarios no pueden renunciar a su fuero y que en todos los casos deben ser juzgados no por la justicia ordinaria, sino por la propia Corte Suprema, que al mismo tiempo los investiga y los juzga, es decir, es simultáneamente juez y parte, y cuyas sentencias no pueden ser revisadas por ningún otro juez, o sea, son inapelables.
El caso es que muchos parlamentarios, inocentes o culpables, habían optado por renunciar a sus investiduras y a su fuero, puesto que apreciaban que la justicia común les ofrecía las garantías procesales que les negaba la Corte Suprema, entre ellas, la principal, la doble instancia, y, además, la separación de las funciones de investigación y juzgamiento en dos entes distintos, como garantía de imparcialidad y objetividad en la investigación y en el juicio. Sobra decir que estos elementales derechos procesales son reconocidos a todos los ciudadanos del país: el derecho a apelar la sentencia ante una instancia superior, y a que quien investigue sea distinto del que juzgue.

Con esta decisión la Corte estaría violando al menos dos principios fundamentales del derecho procesal a los parlamentarios acusados: la no retroactividad y la favorabilidad de las normas. Independientemente de que alguien sea culpable o inocente, tiene derecho a ser procesado según las normas vigentes y no con las que vayan apareciendo por el camino. También tiene derecho a ser juzgado con la norma que le sea más favorable. Esto es un derecho tan elemental como la presunción de la inocencia.
Todos estos principios y derechos son universales, están vigentes en todos los países democráticos del mundo y hacen parte de los tratados internacionales firmados por Colombia.¿Qué explica este comportamiento de la Corte, precisamente en este momento? Pues que la Corte se ha convertido en un partido de oposición al gobierno y ha tomado la decisión política de enrarecer el ambiente del referendo que posibilitaría una segunda reelección del presidente Uribe. Muy seguramente va detrás de la captura, el procesamiento y la condena del primo del Presidente, el ex senador Mario Uribe, buscando el negativo impacto mediático que eso podría ocasionarle al referendo y a una segunda reelección de Uribe. Amanecerá y lo comprobaremos.

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